Seguro de ART Empleada Doméstica

Seguro de ART Empleada Doméstica

¿Para qué sirve?

El seguro de ART para Empleada Doméstica es un seguro de la línea personales que protege frente a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales del personal de casas particulares, incluyendo el trayecto. Es ideal para familias que tienen empleadas domésticas, cuidadores o personal de limpieza y quieren cumplir con la normativa vigente protegiendo a su trabajador. Antes de contratar, es importante registrar correctamente a la empleada y declarar la cantidad de horas trabajadas.

¿Qué cubre la ART de empleada doméstica?

Obligación del empleador

Contratar la cobertura de riesgos del trabajo para el personal de casas particulares es obligatorio por la normativa vigente y corre por cuenta de quien emplea.

Accidentes en el hogar

Si la trabajadora se lastima mientras cumple sus tareas, la ART se hace cargo de la atención médica y de la rehabilitación hasta el alta.

Accidente in itinere

La cobertura alcanza el trayecto entre el domicilio de la trabajadora y la casa donde presta servicios, lo que se conoce como accidente in itinere.

Prestaciones por incapacidad

Mientras dure la baja médica, la ART paga las prestaciones dinerarias que fija la ley, de modo que el empleador no afronta ese costo por su cuenta.

Preguntas frecuentes

Sobre el seguro de art empleada doméstica.

¿Es obligatorio tener ART para mi empleada doméstica?

Sí. El régimen especial de trabajo en casas particulares obliga al empleador a cubrir a su personal registrado frente a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Es un requisito legal, no una opción, y va de la mano con la registración y el pago de los aportes.

¿Qué datos necesito para contratarla?

Los datos de registración del vínculo laboral: el CUIL de la trabajadora, tu CUIT o CUIL como empleador, el domicilio donde presta tareas y la cantidad de horas semanales declaradas. Con eso se emite la cobertura y queda vinculada al alta que ya tenés hecha.

¿Qué pasa si trabaja en varias casas?

Cada empleador debe tener su propia cobertura por las horas que la trabajadora cumple en su domicilio. Si trabaja en tres casas distintas, corresponde que las tres familias la aseguren por su parte, cada una según las horas que declaró al registrar el vínculo.

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